Modelos AEAT
8 de septiembre de 2026 · Fiscamazon

Presentar tarde el 303, 349 o 369: recargos, sanciones e intereses

Cuánto cuesta presentar tarde el 303, el 349 o el 369: recargos del art. 27 LGT, sanciones tras requerimiento, multas por dato, intereses y días inhábiles.

RecargosSancionesModelo 303Modelo 349Modelo 369AEAT
Portada editorial sobre recargos y sanciones por presentar tarde los modelos de IVA

TL;DR: si presentas tarde sin que Hacienda te lo haya pedido, un 303 con resultado a ingresar lleva un recargo del 1 % más un 1 % por mes completo de retraso, o del 15 % más intereses si pasan más de 12 meses. Se reduce un 25 % si pagas, y no hay sanción (art. 27 LGT). Un 303 a compensar o a devolver presentado tarde tiene una multa fija de 100 €, y el 349 cuesta 10 € por dato (mínimo 150 €). Si llega antes el requerimiento, entras en el régimen sancionador: por ejemplo, el 50 % de la cuota no ingresada. El 369 va aparte: recordatorio a los diez días y recargos del Estado de consumo. Su plazo no se traslada por inhábil.

Tres escenarios que conviene distinguir

SituaciónQué se aplicaArtículo
Presentas tarde, con importe a ingresar y sin requerimientoRecargo del 1 % + 1 % por mes completo (15 % + intereses tras 12 meses). Sin sanciónArt. 27 LGT
Presentas tarde, sin importe a ingresar (a compensar, a devolver, sin actividad o informativa) y sin requerimientoMulta fija reducida a la mitadArt. 198.2 LGT
Hacienda te requiere antes de que presentesSanción proporcional (si había cuota) o fija, más intereses de demoraArts. 191, 194, 195 y 198 LGT

A efectos del art. 27, se considera requerimiento previo cualquier actuación administrativa notificada al obligado que busque reconocer, regularizar, comprobar, inspeccionar, asegurar o liquidar la deuda. Una carta que abre un procedimiento sobre ese impuesto y periodo cuenta, aunque no se llame «requerimiento».

La regla que más dinero ahorra: el recargo del art. 27 solo existe si llegas antes que Hacienda. Una vez notificada una actuación sobre ese periodo, presentar ya no evita la sanción.

303 con resultado a ingresar: el recargo del art. 27 LGT

Desde la reforma de la Ley 11/2021, el recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo funciona así:

  • 1 % fijo + 1 % por cada mes completo de retraso desde el fin del plazo. Excluye las sanciones y los intereses de demora hasta la presentación.
  • Más de 12 meses: recargo del 15 %, sin sanción, pero con intereses de demora desde el día siguiente al final de esos 12 meses hasta la presentación.
  • Reducción del 25 % (art. 27.5): si ingresas la deuda al presentar (o la aplazas con aval o seguro de caución solicitado entonces) y pagas el recargo en el plazo abierto con su liquidación.
  • Si presentas sin pagar: la AEAT liquida el recargo y, además, se exigen los recargos del periodo ejecutivo (art. 27.3): 5 %, 10 % o 20 % según cuándo pagues (art. 28).
  • Requisito formal (art. 27.4): la autoliquidación extemporánea debe identificar el periodo y contener solo los datos de ese periodo. Si metes esas ventas en el trimestre siguiente, pierdes este régimen.

El interés de demora tributario está en el 4,0625 % mientras siga prorrogada la Ley de Presupuestos: la AEAT indica que se mantiene hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos para 2026.

Ejemplo: 303 con 1.000 € a ingresar

RetrasoRecargoCon reducción del 25 %Intereses de demora
2 meses completos3 % = 30 €22,50 €No
5 meses completos6 % = 60 €45 €No
13 meses (12 + 1 de 31 días)15 % = 150 €112,50 €Sí: unos 3,45 € (1.000 € × 4,0625 % × 31/365)

En los tres casos ingresas además los 1.000 € de cuota. En tu informe de Amazon no cuadra con el 303 o el 369 están los descuadres que suelen retrasar el cierre.

303 a compensar, a devolver o sin actividad

Si no hay importe a ingresar, no hay recargo, pero presentar fuera de plazo es la infracción leve del art. 198 LGT:

  • Multa fija de 200 €, que se reduce a 100 € si presentas sin requerimiento previo (art. 198.2).
  • Sobre esa multa cabe la reducción del 40 % del art. 188.3 si pagas en plazo y no recurres: 60 €.

No lo confundas con otras infracciones que pueden aparecer si, además, el contenido está mal:

  • Datos incorrectos sin perjuicio económico: multa fija de 150 € (art. 199.2).
  • Pedir una devolución indebida con datos falsos u omitidos, sin llegar a obtenerla: 15 % de lo solicitado (art. 194.1).
  • Acreditar cuotas a compensar que no proceden: 50 % si son partidas a deducir en la cuota (art. 195.2).

Tras un requerimiento: sanciones y reducciones

Si Hacienda detecta un 303 no presentado con cuota a ingresar, la infracción es la del art. 191 LGT, con base en la cuantía no ingresada:

CalificaciónCuándoSanción
LeveBase de hasta 3.000 €, o superior sin ocultación50 %
GraveBase superior a 3.000 € con ocultación (o facturas falsas, entre otros supuestos)50 % a 100 %
Muy graveMedios fraudulentos100 % a 150 %

A la sanción se suman la cuota y los intereses de demora. Las reducciones del art. 188 alivian la factura:

  • 30 % por conformidad con la propuesta de regularización (sanciones de los arts. 191 a 197).
  • 40 % adicional por pronto pago, sobre el importe ya reducido, si pagas en plazo y no recurres.
  • 65 % en actas con acuerdo (inspección).

Con los mismos 1.000 €: sanción leve de 500 €, que queda en 350 € con conformidad y en 210 € con pronto pago. Compárala con los 22,50 € a 112,50 € del recargo.

Si el 303 requerido era a compensar o a devolver, se aplica la multa del art. 198 sin la mitad: 200 €.

Modelo 349 fuera de plazo

El Modelo 349 es una declaración informativa sin importe a ingresar, así que no genera recargo. Su retraso se sanciona con la regla específica del art. 198.1 LGT para las declaraciones de suministro de información:

EscenarioPor dato o conjunto de datos de una misma persona o entidadMínimoMáximo
Tras requerimiento20 €300 €20.000 €
Sin requerimiento previo10 €150 €10.000 €

Ejemplo: un 349 con 8 operadores intracomunitarios presentado tarde por tu cuenta da 8 × 10 = 80 €, así que se aplica el mínimo de 150 €, o 90 € con la reducción del 40 % por pronto pago. Con 40 operadores serían 400 €, y 800 € si llega antes el requerimiento.

Presentarlo en plazo pero con importes erróneos es otra infracción (art. 199.5 LGT): sanción proporcional de hasta el 2 % de las operaciones mal declaradas, con un mínimo de 500 €.

Modelo 369 (OSS e IOSS) tarde: cada Estado de consumo manda

El Modelo 369 se presenta hasta el final del mes siguiente al periodo, que es trimestral en el régimen de la Unión y mensual en el de importación. Como declaras IVA de otros Estados, el retraso no se rige por el art. 27 LGT, sino por el Reglamento de Ejecución (UE) 282/2011, modificado por el Reglamento 2019/2026:

  • Recordatorio de presentación (art. 60 bis): España, como Estado de identificación, te lo envía por vía electrónica a los diez días del vencimiento y avisa a los demás Estados. Los recordatorios posteriores y la liquidación corresponden a cada Estado de consumo, pero la declaración se sigue presentando en España.
  • Recordatorio de pago (art. 63 bis): al décimo día tras el plazo de pago si no has pagado o has pagado de menos. Si después el Estado de consumo te envía sus propios recordatorios, ese IVA se paga directamente a ese Estado.
  • Intereses, sanciones y demás cargos (art. 63 ter): los calcula cada Estado de consumo con sus normas y se le pagan directamente a él.
  • Plazo de tres años: según la guía de la ventanilla única publicada por la AEAT, puedes presentar la declaración atrasada en el Estado de identificación durante tres años desde que debió presentarse. Después, directamente en cada Estado de consumo.

Exclusión por incumplimiento sistemático (art. 58 ter): existe, al menos, cuando has recibido recordatorios en los tres periodos de declaración inmediatamente anteriores y no presentaste cada declaración en los diez días siguientes a su recordatorio. La guía añade el caso equivalente de los pagos, salvo que lo pendiente de cada declaración sea inferior a 100 €. La exclusión surte efecto el primer día del trimestre siguiente al envío de la decisión. Quedas fuera de todos los regímenes de ventanilla única, en cualquier Estado miembro, durante dos años después del periodo de declaración en que se produjo. En la práctica, tendrías que declarar el IVA de esas ventas en cada país de destino. Revisa cómo afecta a tu umbral de 10.000 €.

Qué pasa si el último día es inhábil

ModeloReglaEjemplo cercano
303 y 349El plazo termina el primer día hábil siguiente. El sábado es inhábil4T 2026: el 30 de enero de 2027 es sábado, así que por la regla general pasaría al lunes 1 de febrero
369No se traslada, aunque caiga en sábado, domingo o festivo3T 2026: 31 de octubre de 2026 (sábado). 4T 2026: 31 de enero de 2027 (domingo)

La AEAT recoge la regla general y la excepción del 369 en el calendario del contribuyente 2026. Para enero de 2027, confírmalo en el calendario de ese año cuando se publique. Tienes todos los plazos en el calendario fiscal del vendedor de Amazon.

Llegar a tiempo, o llegar antes que Hacienda

Muchos retrasos vienen del cierre: clasificar ventas por país y régimen y cuadrarlas con el Modelo 303. Fiscamazon convierte el informe de transacciones sujetas a IVA en borradores de 303, 349 y 369 con trazabilidad fila a fila. Así cierras el trimestre con margen y puedes regularizar un error antes de que llegue un requerimiento. Solicita acceso anticipado y te avisamos cuando haya hueco para tu plan.

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal profesional. Las cuantías proceden del texto consolidado de la Ley General Tributaria y de la normativa de la UE vigentes en septiembre de 2026. Confirma tu caso concreto antes de presentar.

Preguntas frecuentes

¿Qué recargo pago si presento el Modelo 303 tarde sin requerimiento?

Un 1 % del importe a ingresar más otro 1 % por cada mes completo de retraso. Si han pasado más de 12 meses, el recargo es del 15 % y además se cobran intereses de demora desde el día siguiente a esos 12 meses. El recargo se reduce un 25 % si pagas la deuda al presentar y el recargo en el plazo de la liquidación, y no hay sanción.

¿Me sancionan si presento tarde un 303 a compensar o a devolver?

No hay recargo, porque no hay importe a ingresar, pero sí una infracción leve del art. 198 LGT: multa fija de 200 €, que baja a 100 € si presentas sin requerimiento previo. Si pagas en plazo y no recurres, se aplica además la reducción del 40 % del art. 188.3 LGT.

¿Cuál es la multa por presentar tarde el Modelo 349?

Son 20 € por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €. Si lo presentas fuera de plazo sin requerimiento previo, la sanción y los límites se reducen a la mitad: 10 € por dato, con un mínimo de 150 € y un máximo de 10.000 €.

¿Qué pasa si presento tarde el Modelo 369 de ventanilla única?

El Estado de identificación te envía un recordatorio electrónico a los diez días del vencimiento, y los recargos, sanciones e intereses los calcula cada Estado de consumo según sus propias normas. Si recibes recordatorios en tres periodos seguidos y no presentas en los diez días siguientes a cada uno, pueden excluirte del régimen durante dos años.

Si el último día del plazo cae en sábado o festivo, ¿puedo presentar el lunes?

Para el 303 y el 349, sí: según la AEAT, el plazo termina el primer día hábil siguiente, y el sábado es inhábil. El Modelo 369 es la excepción, porque su plazo no se traslada aunque el último día sea sábado, domingo o festivo.

Fuentes oficiales

Este artículo se apoya en fuentes oficiales. Consulta siempre la normativa vigente o a tu asesor antes de presentar.

¿Quieres revisar esto con tu propio informe de transacciones sujetas a IVA?

Estamos terminando de pulir y probar la app. Solicita acceso anticipado con tu caso y te damos acceso prioritario en cuanto esté listo tu plan.

Ver mapa de obligaciones